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Alzamiento de hipoteca y prohibiciones

Formaliza la cancelación de una hipoteca y de las prohibiciones asociadas, una vez pagada la deuda.

Mediante esta escritura, el acreedor, o quien esté facultado para ello, consiente en cancelar la hipoteca y las prohibiciones que se individualizan. Después, la cancelación debe inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces.

Si la deuda con un banco u otra institución financiera está íntegramente pagada, la Ley N.º 20.855 obliga al acreedor a otorgar el alzamiento a su costo e ingresarlo al Conservador dentro de 45 días. Cuando el acreedor es una persona u otra empresa, la notaría puede redactar la escritura de alzamiento.

Cómo se otorga

Escritura pública
Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.

Requisitos

  • Acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho. La notaría puede redactar este instrumento: revisa «Redacción en la notaría», más abajo.
  • Contar con la autorización del acreedor o el antecedente que permite el alzamiento.
  • Identificar las inscripciones que deben cancelarse.

Observaciones

Si el acreedor es un banco, consulta primero su procedimiento: normalmente es el banco quien prepara la escritura de alzamiento.

Redacción en la notaría

La notaría puede redactar este instrumento. Envía los antecedentes y la ficha de datos a nuestros abogados: ellos los revisan y te indican si falta algo antes de preparar el borrador.

Escribir a nuestros abogados Cómo funciona la redacción

abogado@notariaorlandocerda.cl

Documentos necesarios

Son los antecedentes que la notaría necesita para redactar el instrumento. Envíalos junto con tu solicitud.

  • Copia simple de la escritura en que se constituyó la hipoteca
  • Copia de inscripción de propiedad Máx. 60 días Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Certificado de gravámenes, prohibiciones, litigios y bien familiar del inmueble Máx. 30 días Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Datos de quien comparece Nombre completo, estado civil, ocupación, cédula de identidad y domicilio: son los datos con que la escritura individualiza a cada compareciente. Puedes completarlos en la ficha de datos de este trámite en el sitio web.

Solo en los casos indicados

  • Certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil Si alguna de las partes es casada, divorciada, conviviente civil o se declaró la nulidad de su matrimonio. Solicita el certificado «para todo trámite», gratuito. Obtenerlo en registrocivil.cl (se abre en otra pestaña)
  • Certificado médico, si alguna de las partes tiene 80 años o más Máx. 30 días Emitido por un médico, indicando que la persona se encuentra en condiciones de celebrar actos y contratos. Es un documento recomendado, no obligatorio: lo pedimos para resguardo de la persona mayor. En todos los casos, la notaría evalúa que cada compareciente actúe con plena lucidez.
  • Personería con certificado de vigencia Máx. 3 meses Si quien alza la hipoteca actúa representado o es una empresa.

Completar la ficha de datos

Ficha de datos

Complétala aquí y luego imprímela o guárdala en PDF para enviarla a nuestros abogados junto con los antecedentes. Lo que escribas no se envía ni se guarda en el sitio. También puedes imprimirla en blanco y completarla a mano.

Compareciente

Compareciente 1

Observaciones

Al imprimir, elige «Guardar como PDF» como impresora para obtener el archivo y adjuntarlo a tu correo.

Normativa aplicable

  • Ley N.º 20.855, que regula el alzamiento de hipotecas y prendas

Referencias informativas. La notaría revisa los antecedentes de cada caso.

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