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Cancelación de saldo de precio

Deja constancia de que se pagó el saldo del precio que quedó pendiente en una compraventa.

Cuando en una compraventa quedó una parte del precio por pagar, esta escritura deja constancia de que el saldo fue pagado. La otorga quien recibe el pago, normalmente el vendedor, o su representante.

Si el saldo estaba garantizado con hipoteca, prohibición u otra inscripción, la escritura permite solicitar su cancelación en el Conservador de Bienes Raíces.

Cómo se otorga

Escritura pública
Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.

Requisitos

  • Acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho. La notaría puede redactar este instrumento: revisa «Redacción en la notaría», más abajo.
  • Que comparezca quien recibió el pago, o su representante con facultades suficientes.
  • Identificar la escritura en que se originó el saldo de precio.

Redacción en la notaría

La notaría puede redactar este instrumento. Envía los antecedentes y la ficha de datos a nuestros abogados: ellos los revisan y te indican si falta algo antes de preparar el borrador.

Escribir a nuestros abogados Cómo funciona la redacción

abogado@notariaorlandocerda.cl

Documentos necesarios

Son los antecedentes que la notaría necesita para redactar el instrumento. Envíalos junto con tu solicitud.

  • Copia simple de la escritura en que se originó el saldo de precio
  • Copia de inscripción de propiedad Máx. 60 días Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Datos de quien comparece Nombre completo, estado civil, ocupación, cédula de identidad y domicilio: son los datos con que la escritura individualiza a cada compareciente. Puedes completarlos en la ficha de datos de este trámite en el sitio web.

Solo en los casos indicados

  • Certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil Si alguna de las partes es casada, divorciada, conviviente civil o se declaró la nulidad de su matrimonio. Solicita el certificado «para todo trámite», gratuito. Obtenerlo en registrocivil.cl (se abre en otra pestaña)
  • Certificado médico, si alguna de las partes tiene 80 años o más Máx. 30 días Emitido por un médico, indicando que la persona se encuentra en condiciones de celebrar actos y contratos. Es un documento recomendado, no obligatorio: lo pedimos para resguardo de la persona mayor. En todos los casos, la notaría evalúa que cada compareciente actúe con plena lucidez.
  • Personería con certificado de vigencia Máx. 3 meses Si quien declara el pago actúa representado o es una empresa.

Completar la ficha de datos

Observaciones

Después de firmar, consulta si corresponde tramitar alguna cancelación o anotación en el Conservador de Bienes Raíces.

Ficha de datos

Complétala aquí y luego imprímela o guárdala en PDF para enviarla a nuestros abogados junto con los antecedentes. Lo que escribas no se envía ni se guarda en el sitio. También puedes imprimirla en blanco y completarla a mano.

Compareciente

Compareciente 1

Observaciones

Al imprimir, elige «Guardar como PDF» como impresora para obtener el archivo y adjuntarlo a tu correo.

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