Cuando un menor de edad sale de Chile sin uno de sus padres o sin ambos, necesita la autorización de quienes señala la ley. Esta autorización se otorga por escritura pública o por instrumento privado autorizado ante notario.
Quién debe autorizar depende de la situación familiar:
- Si un juez confió el cuidado personal a uno de los padres o a un tercero, autoriza quien tiene el cuidado personal.
- Si ningún juez ha confiado el cuidado personal, autorizan ambos padres o, en su caso, el que haya reconocido al menor.
- Si existe un régimen de relación directa y regular fijado por un juez, también debe autorizar el padre o la madre que lo tiene.
- No se necesita autorización si el menor viaja con quienes deben otorgarla.
Si quien debe autorizar se niega o no puede hacerlo, la autorización puede solicitarse al juzgado de familia.
Formas en que puede otorgarse
Si la institución donde lo presentarás exige una forma determinada, indícalo al solicitar el trámite.
- Escritura pública
- Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.
- Instrumento privado
- Documento que firman los propios interesados. El notario autoriza sus firmas: certifica la identidad de quienes firman y la fecha. El original queda en poder de los interesados.
Requisitos
- Si se otorga por escritura pública, acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho.
- Comparecer quienes deben otorgar la autorización.
- Identificar al menor y, si viaja acompañado, a quien lo acompañará.
- Informar el destino y las fechas o el período del viaje.
Documentos necesarios
- Cédulas de identidad vigentes de quienes autorizan.
- Certificado de nacimiento del menor en que figuren sus padres Si es un certificado extranjero, debe presentarse debidamente apostillado.
- Cédula de identidad o pasaporte del menor.
- Nombre completo y número de documento (RUT o pasaporte) del acompañante.
- Resolución judicial sobre cuidado personal o relación directa y regular, o certificado de defunción de uno de los padres, cuando corresponda.
Observaciones
Lleva el documento original al salir del país: la Policía de Investigaciones lo revisa en el control migratorio.
Si el país de destino exige requisitos adicionales para menores, como traducción o apostilla, consúltalos antes del viaje.
Normativa aplicable
- Ley N.º 16.618, de Menores, artículo 49
Referencias informativas. La notaría revisa los antecedentes de cada caso.