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Compraventa de vehículo

Formaliza la venta de un vehículo usado para inscribirlo a nombre del comprador.

El contrato identifica al vendedor, al comprador y al vehículo, y fija el precio y la forma de pago. Puede otorgarse por escritura pública o por instrumento privado con firmas autorizadas ante notario. Luego se solicita la inscripción a nombre del comprador en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.

La transferencia también puede hacerse directamente en una oficina del Registro Civil, mediante una declaración de vendedor y comprador.

La compraventa de vehículos usados paga un impuesto de 1,5 % sobre el precio de venta o el valor de tasación fiscal, el que sea mayor.

Formas en que puede otorgarse

Si la institución donde lo presentarás exige una forma determinada, indícalo al solicitar el trámite.

Escritura pública
Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.
Instrumento privado
Documento que firman los propios interesados. El notario autoriza sus firmas: certifica la identidad de quienes firman y la fecha. El original queda en poder de los interesados.

Requisitos

  • Si se otorga por escritura pública, acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho.
  • El vehículo debe estar inscrito a nombre de quien vende.
  • Comparecer vendedor y comprador, o sus representantes con facultades suficientes.
  • Informar el precio y la forma de pago.
  • Revisar previamente si el vehículo tiene prendas, prohibiciones, embargos u otras limitaciones.

Documentos necesarios

  • Cédulas de identidad vigentes de vendedor y comprador.
  • Certificado de anotaciones vigentes del vehículo Emitido el mismo día en que se celebre la transferencia.
  • Certificado de multas de tránsito no pagadas.
  • Permiso de circulación vigente.
  • Poderes o personerías, si interviene un representante o una empresa.

Observaciones

Si el vehículo tiene prenda, prohibición o embargo, consúltanos antes de venir: puede ser necesario alzarla primero.

Pregunta cómo se gestionarán el pago del impuesto y la solicitud de inscripción, y cómo podrás verificar que el vehículo quedó a nombre del comprador.

Normativa aplicable

  • Ley N.º 18.290, de Tránsito

Referencias informativas. La notaría revisa los antecedentes de cada caso.

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