Requiere minuta firmada por un abogado
Por ley, esta escritura solo puede extenderse sobre la base de una minuta firmada por un abogado (artículo 413 del Código Orgánico de Tribunales). Preséntala junto con los demás antecedentes; en la escritura se deja constancia del abogado que la redactó.
La escritura de constitución establece las reglas de la sociedad: su tipo, nombre, objeto, domicilio y capital, los aportes de los socios y la forma de administración.
La misma exigencia de minuta firmada por un abogado rige para las escrituras de modificación o liquidación de sociedades.
Después de la firma, el extracto de la escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio del Conservador y publicarse en el Diario Oficial, dentro de los plazos que fija la ley según el tipo de sociedad.
Algunas sociedades también pueden constituirse en línea, sin escritura pública, en el Registro de Empresas y Sociedades («Tu Empresa en un Día»).
Cómo se otorga
- Escritura pública
- Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.
Requisitos
- Acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho.
- Definir el tipo de sociedad, su nombre, objeto, domicilio y capital.
- Determinar los socios o accionistas, sus aportes y la administración.
- Presentar la minuta firmada por un abogado.
Documentos necesarios
- Cédulas de identidad vigentes de los socios o de sus representantes.
- Minuta de constitución firmada por un abogado.
- Antecedentes de los aportes, cuando se aportan bienes distintos del dinero.
- Personerías vigentes, si un socio es una empresa o actúa por medio de un representante.
Observaciones
Te recomendamos enviar la minuta antes de agendar la firma, para revisarla con anticipación.
Normativa aplicable
- Código Orgánico de Tribunales, artículo 413
- Ley N.º 20.659, que simplifica el régimen de constitución de sociedades
Referencias informativas. La notaría revisa los antecedentes de cada caso.