La notaría conserva el original de las escrituras públicas en su protocolo y puede emitir copias autorizadas de las que se encuentran en su poder. Puedes pedir, además, un certificado de vigencia, que suele solicitarse para mandatos o poderes con el fin de acreditar que no han sido revocados.
Las escrituras permanecen en la notaría durante aproximadamente un año; después se entregan al Archivero Judicial, donde deben solicitarse las copias. El índice electrónico te indica dónde se encuentra cada escritura.
Busca la escritura en el índice electrónico y usa el botón «Solicitar copia», o completa directamente el formulario de solicitud. La solicitud queda sujeta a revisión; una vez aprobada y pagados los derechos, la copia se emite el día en que se envía.
Cómo se otorga
- Certificación
- El notario certifica un hecho; por ejemplo, que la copia que presentas coincide con el original que tuvo a la vista.
Requisitos
- Identificar la escritura: número de repertorio, fecha, comparecientes o materia.
- Que la escritura se encuentre en poder de la notaría.
- Pagar los derechos correspondientes, una vez aprobada la solicitud.
Documentos necesarios
- Datos de la escritura, que puedes obtener en el índice electrónico.
- Tus datos de contacto para recibir la respuesta.
Observaciones
El certificado de vigencia se solicita marcando la casilla correspondiente en el formulario.