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Renuncia a los gananciales

Escritura por la que la mujer renuncia a su parte en los bienes de la sociedad conyugal ya terminada.

Terminada la sociedad conyugal, por ejemplo por divorcio, separación de bienes o fallecimiento del marido, la mujer puede renunciar a los gananciales, es decir, a su participación en los bienes adquiridos durante el matrimonio. Con la renuncia, esos bienes quedan en el patrimonio del marido o de sus herederos.

Se utiliza con frecuencia para ordenar la situación de un inmueble adquirido durante el matrimonio, por ejemplo antes de venderlo.

Cómo se otorga

Escritura pública
Instrumento público. El notario la extiende en su protocolo, el registro oficial de la notaría, donde se conserva el original. Más adelante puedes pedir copias autorizadas.

Requisitos

  • Acompañar una minuta redactada por un abogado u otro profesional del derecho. La notaría puede redactar este instrumento: revisa «Redacción en la notaría», más abajo.
  • Que la sociedad conyugal haya terminado.
  • Que comparezca la mujer o su representante con facultad especial para renunciar a los gananciales.
  • Identificar el o los inmuebles involucrados.

Redacción en la notaría

La notaría puede redactar este instrumento. Envía los antecedentes y la ficha de datos a nuestros abogados: ellos los revisan y te indican si falta algo antes de preparar el borrador.

Escribir a nuestros abogados Cómo funciona la redacción

abogado@notariaorlandocerda.cl

Documentos necesarios

Son los antecedentes que la notaría necesita para redactar el instrumento. Envíalos junto con tu solicitud.

  • Copia simple de la escritura en que se adquirió el o los inmuebles
  • Copia de inscripción de propiedad Máx. 60 días Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Certificado de gravámenes, prohibiciones, litigios y bien familiar del inmueble Máx. 30 días Se solicita en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Certificado de matrimonio en que conste el divorcio o la separación de bienes O el certificado de defunción del cónyuge, si la mujer es viuda. Solicita el certificado «para todo trámite», gratuito. Obtenerlo en registrocivil.cl (se abre en otra pestaña)
  • Datos de quien comparece Nombre completo, estado civil, ocupación, cédula de identidad y domicilio: son los datos con que la escritura individualiza a cada compareciente. Puedes completarlos en la ficha de datos de este trámite en el sitio web.

Solo en los casos indicados

  • Certificado médico, si alguna de las partes tiene 80 años o más Máx. 30 días Emitido por un médico, indicando que la persona se encuentra en condiciones de celebrar actos y contratos. Es un documento recomendado, no obligatorio: lo pedimos para resguardo de la persona mayor. En todos los casos, la notaría evalúa que cada compareciente actúe con plena lucidez.
  • Personería con certificado de vigencia Máx. 3 meses Si la compareciente actúa representada: el mandato debe señalar expresamente la facultad de renunciar a los gananciales de la sociedad conyugal.

Completar la ficha de datos

Observaciones

Antes de firmar, conviene evaluar con un abogado los efectos de la renuncia en tu situación patrimonial.

Ficha de datos

Complétala aquí y luego imprímela o guárdala en PDF para enviarla a nuestros abogados junto con los antecedentes. Lo que escribas no se envía ni se guarda en el sitio. También puedes imprimirla en blanco y completarla a mano.

Compareciente

Compareciente 1

Observaciones

Al imprimir, elige «Guardar como PDF» como impresora para obtener el archivo y adjuntarlo a tu correo.

Normativa aplicable

  • Código Civil, artículos 1719 y 1781 a 1785 (renuncia de los gananciales)

Referencias informativas. La notaría revisa los antecedentes de cada caso.

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